REFORMA A LA LEY DE DEFENSA

REFORMA A LA LEY DE DEFENSA

DEL CONSUMIDOR

Tres días antes de celebrarse el Día del Consumidor (15 de marzo), con fecha 12 de marzo de 2008 la Cámara de Diputados de la Nación ha sancionado la reforma a la Ley Nro. 24.240, con el fin de una mayor tutela de los derechos los usuarios.- A la espera de su promulgación, sintetizamos algunas de las cuestiones que innova el sistema con lo siguiente:

  • GRATUIDAD DE LA INFORMACION
  • TRATO IGUALITARIO ENTRE LOS NACIONALES Y LOS EXTRANJEROS (artículo 8)
  • RECIPROCIDAD LOS MEDIOS DE INFORMACIÓN ENTRE EL PROVEEDOR Y EL USUARIO (artículo 10º tercero):
  • PLAZO DE GARANTÍA DE LOS BIENES Y SERVICIOS A 6 MESES (artículo 11.)
  • LA INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (artículo 25.):
  • OBLIGACIÓN DE LOS BANCOS DE INFORMAR DE MODO INTEGRO A LOS USUARIOS (artículo 36)
  • PROHIBICIÓN DE QUE EL BANCO PUEDA ACCIONAR CONTRA EL USUARIO EN UNA EXTRAÑA JURISDICCIÓN PARA ESTE (artículo 36):
  • FACULTAD DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN (DIRECCIONES DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR) DE IMPONER, A FAVOR DEL USUARIO, RESARCIMIENTO POR DAÑO DIRECTO A LOS BIENES O A LA PERSONA DEL CONSUMIDOR (artículo 40 bis):
  • PLAZO DE PRESCRIPCIÓN MAS BENIGNO PARA EL USUARIO (articulo 50)
  • DAÑO PUNITIVO O MULTA CIVIL (artículo 52 bis):
  • INCLUSIÓN DEL PRINCIPIO DE CARGA DINÁMICA DE LA PRUEBA (artículo 53)
  • GRATUIDAD DE LAS ACCIONES DE CONSUMIDOR (artículo 53)
  • LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR A LA ACTIVIDAD AEROCOMERCIAL (derogación del artículo 63 de la Ley 24.240)
  • SE INTEGRA LA LEY DE TARJETAS DE CRÉDITO CON LA LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
  • SE INCORPORARON TODOS LOS BIENES INMUEBLES –SIN ESPECIFICAR SI SON NUEVOS O USADOS
  • CREACIÓN DE TRIBUNALES ARBITRALES
  • ATENCIÓN PERSONALIZADA: LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DEBERÁN OTORGAR ATENCIÓN PERSONALIZADA Y NO SOLO LA TELEFONICA.