Cursos de Capacitación

NOVIEMBRE 2009


Curso Inicial de Mercado de Capitales

16/11 y 20/11 de 18:30 a 21:30


Taller Iva, IIBB y Monotributo

16/11 y 23/11 de 18:30 a 21:30


Auditoria Interna (casos prácticos)

17/11 y 20/11 de 18:30 a 21:30


Planificación Estratégica y Tablero de Comando

18/11 y 19/11 de 19:00 a 21:30


Taller de Asociaciones Civiles (Aspectos Jurídicos, Fiscales, Contabilidad y Auditoria, Organización y Marqueting)

18/11 y 19/11 de 18:30 a 21:00


Análisis de Estados Contables

23/11 y 25/11 de 18:30 a 21:30


Taller de Liquidación de Sueldos 1

24/11 y 27/11 de 18:30 a 21:30


Taller de Aplicativos de la AFIP (SIAP, SICOSS, GCIA. Pers. Física, IVA). Análisis de Casos Prácticos.

24/11 y 26/11 18:30 a 21:30hs.


Evaluación de Proyectos de Inversión

25/11 y 26/11 18:30 a 21:30hs.


Curso Avanzado de Mercado de Capitales

27/11 y 30/11 18;30 a 21;30hs.


Taller de Armado de Balances.

30/11 y 02/12 18:30 a 21:30 hs.


Taller de Liquidación de Sueldos 2

01/12 y 04/12 18:30 a 21:30hs.


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Los docentes son Especialistas en las Temáticas abordadas y docentes de la Universidad de Buenos Aires.

Informes e Inscripción

En la Defensoría de los Estudiantes (Ubicada entre las aulas 13 y 14 del patio de la rotonda, en la facultad) de 17 a 21.30hs. ó consultas vía mail a: causaprofesional@gmail.com

Inscripción de Peritos Corte Suprema

Se realiza durante noviembre la Inscripción de Peritos
para actuar en la Corte Suprema

A través de la Acordada Nº 38/09, el 24/09/2009 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) estableció que desde el 2 hasta el 30 de noviembre del corriente se abre la inscripción de todos aquellos profesionales cuyas especialidades están incluidas dentro del registro que lleva la Corte y que se detallan en la misma, donde se encuentran las de Dr. en Ciencias Económicas, Actuario, Lic. en Economía, Contador Público y Lic. en Administración.

De acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 1684/2005 de la CSJN, la inscripción anual de peritos para actuar en ese alto tribunal estará a cargo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, para todas las Matrículas que lleva este Consejo Profesional.

La inscripción se realizará en noviembre, únicamente a través del sitio web del Consejo, desde las 9 hs. del 2 de noviembre hasta las 18,30 hs. del 30 mismo mes, y dentro de ese período durante las 24 hs.. Para ello se debe disponer de la identificación y Clave personal que habilita el ingreso al área reservada para matriculados.

Si aún no cuenta con su identificación puede solicitarla telefónicamente llamando al 5382-9550 y 5382-9545.

Las inscripciones deberán, pasadas las 24 hs de efectuadas, ser ratificadas con su firma en la solicitud, para lo cual el profesional deberá concurrir por la entrada de Viamonte 1549 debajo de las escaleras, frente a los stands de planta baja, de 9:30 a 18:30 hs.

Requisitos:

Poseer matrícula vigente y al día con el pago de la cuota final del año en curso del derecho de ejercicio profesional.

Deberá adjuntar currículum si es la primera vez que se inscribe, según la solicitud concertada con la Dirección Pericial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de acuerdo con las instrucciones que se encontrarán en la aplicación. No se deberá imprimir el currículum para su presentación.

Abonar el arancel de $ 50.= dispuesto por la Acordada N° 29/95. Recuerde que si ya lo pagó al inscribirse este año para actuar en otros Fueros de Capital Federal, no será necesario ingresarlo nuevamente.

IMPORTANTE PARA LOS QUE DEBEN ADJUNTAR EL CURRÍCULUM:
Antes de iniciar su inscripción debe tener guardado en su PC, como documento Word y en lo posible guardado en “pdf”, su curriculum.
Si usted no cuenta con el programa para convertir el archivo en “pdf”, no se preocupe porque lo podrá realizar dentro de la aplicación.
Si usted no tiene guardado en su PC el curriculum, le ofrecemos completar aquí (zip, 3Kb), un modelo predeterminado. Acuérdese que luego debe guardarlo en su PC para iniciar su inscripción.

- Inscripción por Internet ››


NOVEDADES LIBROS SETIEMBRE 2009

MATERIA

Economía

TEMA

Generalidades

TITULO DE LA OBRA

MONEDA SOCIAL Y MERCADOS SOLIDARIOS

AUTOR

PLASENCIA ADELA

EDITORIAL

FUND. CICCUS

MATERIA

Economía

TEMA

Política Económica

TITULO DE LA OBRA

2010

AUTOR

BOSOER FABIAN

EDITORIAL

TAEDA S. A.

MATERIA

Economía

TEMA

Macroeconomía

TITULO DE LA OBRA

MACROECONOMIA HETERODOXA

AUTOR

LATRICHANO JUAN CARLOS

EDITORIAL

MACCHI

MATERIA

Administración y Marketing

TEMA

Comunicación Empresarial

TITULO DE LA OBRA

AUDITORIA DE SISTEMAS

AUTOR

GONZALEZ BOSQUE MARCELO

EDITORIAL

COOPERATIVAS

MATERIA

Administración y Marketing

TEMA

Desarrollo y Cambio Organizacional Reingeniería

TITULO DE LA OBRA

LA RED Y EL FUTURO DE LAS ORGANIZACIONES

AUTOR

SCHUSCHNY ANDRES

EDITORIAL

KIER

MATERIA

Administración y Marketing

TEMA

Normas ISO

TITULO DE LA OBRA

ISO 14001

AUTOR

FOLGAR OSVALDO

EDITORIAL

DUNKEN

MATERIA

Administración y Marketing

TEMA

Imagen y Publicidad

TITULO DE LA OBRA

PUBLICIDAD AMALA O DEJALA

AUTOR

SCOPESI ALBERTO

EDITORIAL

MACCHI

MATERIA

Administración y Marketing

TEMA

Planeación y Estrategia Prospectiva

TITULO DE LA OBRA

PLANEAMIENTO ESTRATEGICO DE SISTEMAS DE INFORMACION

AUTOR

PACHECO NORMA

EDITORIAL

COOPERATIVAS

NOVEDADES IMPOSITIVAS OCTUBRE 2009

NOVEDADES IMPOSITIVAS

OCTUBRE 2009

B.O. 02/10/09 Resolución GENERAL 2682/2009 (AFIP) Seguridad Social. Contribuciones patronales. Contratistas y/o subcontratistas de la industria de la construcción. Régimen de retención. Resolución General Nº 4052 (DGI) y sus modificaciones. Su sustitución.

B.O. 05/10/09 Resolución GENERAL 2681/2009 (AFIP) Impuestos a las Ganancias. Entidades exentas. Artículo 20 de la Ley de gravamen. Resolución General Nº 1815, sus modificatorias y complementarias. Su sustitución.

B.O. 06/10/09 Resolución GENERAL 2686/2009 (AFIP) Impuesto al Valor Agregado. Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Comercialización de granos no destinados a la siembra —cereales y oleaginosos— y legumbres secas —porotos, arvejas y lentejas—. Procedimiento de registración de operaciones. Resolución General N° 2596, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

B.O. 22/10/09 Resolución GENERAL 2693/2009 (AFIP) Procedimiento. Régimen de emisión de comprobantes mediante la utilización de controladores fiscales. Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 2676. Norma complementaria.

B.O. 22/10/09 Resolución GENERAL 2689/2009 (AFIP) Procedimiento. Devoluciones de pagos o ingresos en exceso a favor de contribuyentes y/o responsables. Resolución General Nº 2224 (DGI), sus modificatorias y complementarias. Convalidación de créditos en el impuesto al valor agregado a favor de contribuyentes y/o responsables, su transferencia y posterior utilización. Resolución General Nº 1466 y su modificatoria. Nueva versión del programa aplicativo.

FUENTE: INFOLEG

Dr. Diego Marcos Sorroche

Contador Público (UBA)

NOVEDADES AFIP OCTUBRE 2009

NOVEDADES AFIP


OCTUBRE 2009

CENTRO DE INFORMACIÓN TELEFÓNICA (CIT). MÁS tecnología, MEJOR servicio. | 23/10/2009

Reempadronamiento de Controladores e impresoras fiscales. Prorrogado al 23/10. | 21/10/2009

Ratificación de cbu Declarada Para cobros. Vencimiento: 21/10/2009 | 19/10/2009

Reempadronamiento de Controladores e Impresoras Fiscales. Vencimiento: 16/10 | 15/10/2009

Ganancias y Bienes Personales. Vencimiento 3° Anticipo 2009. | 08/10/2009

Más Acciones de Servicio en la Provincia de La Pampa | 08/10/2009

Más Acciones de Servicio en la Provincia de Buenos Aires | 08/10/2009

Más Acciones de Servicio en la Provincia de Buenos Aires | 07/10/2009

Certificado de Exención del Impuesto a las Ganancias. ¿Cómo obtenerlo? | 06/10/2009

FUENTE: AFIP

Dr. Diego Marcos Sorroche

Contador Público (UBA)

Opinion

La hora del desarrollo sustentable

Estamos siendo testigos de un cambio en la actitud internacional con respecto al medioambiente, la necesidad de cambiar la tendencia internacional productivista por una visión más cercana al desarrollo. Visión la cual, aunque todavía no prima, por lo menos en los foros internacionales tiene algunas voces, como se pudo observar en la cumbre del medioambiente de Copenhague, organizada por Proyect Syndicate.

Ante el problema de la visión enmarcada en la concepción de la división internacional del trabajo y la relación centro periferia, la cual lleva las industrias de alto riesgo ecológico o sus procesos más contaminantes , de los países del mundo desarrollado a los países subdesarrollados; empezamos a escuchar que es importante abordar el tema de la pobreza.

Desde el punto de vista, de la valoración económica de los activos ambientales este es un cambio de paradigma de gran importancia, si nos basándonos en la teoría Hicksiana para el cambio de bienestar tenemos dos medidas para neutralizar este cambio de situación, la variación compensatoria y la variación equivalente.

La variación compensatoria es la compensación monetaria exigida por el agente para permitir un cambio que lo perjudica, esta compensación deja al individuo en la misma curva de indiferencia de no haber existido el cambio.

La variación equivalente en cambio, es la cantidad de dinero que la persona estaría dispuesta a pagar para que no se realice el cambio.

Pues bien, la política del laizze afaire, propuesta por los países centrales llevo a niveles altísimos de consumo con la necesidad de una productividad creciente, esto acompañado con un alto costo en términos medioambientales, siguiendo en la misma línea de pensamiento la propuesta para mejorar las condiciones del ambiente es la emisión de un bono para contaminar, cap and trade, que es un cupo para emitir dióxido de carbono, cotizaría este bono y eso permitiría transar niveles de contaminación, situación que no conviene a los países en desarrollo pues dos estrategias son viables a seguir por los países ricos, la primera es llevar los procesos altamente contaminantes con subsidiarias a los países subdesarrollados, con la creación de nuevos empleos a un alto costo ambiental; la segunda es mantener las industrias estratégicas aunque contaminantes en su territorio. Ambas situaciones mantienen la relación centro periferia, manteniendo las asimetrías entre los países, en el primer caso los riesgos son corridos por las poblaciones de los países emergentes y las ganancias van a los países centrales. En el segundo caso las emisiones se mantienen constantes pues los países ricos están dispuestos a pagar para mantener las ventajas competitivas, con lo cual el riesgo ambiental es el mismo, esta política implica que hay un precio para la calidad ambiental perdida.

Pero esta visión es una parte de la historia, donde los países centrales siguen manteniendo el poder de decisión y el resto acompaña. Pues para nuestros países, con riquezas naturales; así como valoramos la tonelada de dióxido de carbono emitido, se estima que hoy debe valer aproximadamente 80 dólares, podemos estimar el valor de recuperación de una tonelada de dióxido de carbono por no talar los bosques autóctonos. Esta medida seria un serio incentivo para que los gobiernos decidan preservar las grandes áreas naturales, ya que estaría el costo de oportunidad de preservar cubierto, los fondos obtenidos destinarlos a mejorar la morbilidad con políticas de mejora medioambiental, cloacas, subsidios al desempleo, agua potable, salud para todos y educación. Medidas que llevarían a una mejor distribución del ingreso entre países, un aumento de la productividad mundial sustentable y un aumento de las expectativas de vida de los países menos favorecidos.

Ahora que el G-20 se reúne para la toma de decisiones, quizás sea el momento de buscar una distribución más justa, en un mundo globalizado.

Responsabilidad Social 

Hacia una utilización responsable del concepto de responsabilidad social

Por Carlos Meilan

Aquello que comenzó alrededor de la década del veinte del siglo pasado, y que por aquel entonces se denominaba filantropía, hoy es más que una realidad. Basta con introducirse en Internet y observar la cantidad de sitios que existen sobre el tema, y la variedad de empresas multinacionales y de gran poder económico que adhieren a este tipo de iniciativas. Que la responsabilidad social empresaria llegó para quedarse, nadie lo duda. Pero no habría que perder de vista que la utilización exacerbada de este concepto, puede conducir a un vaciamiento de su contenido.

El hecho de que el RSE se haya convertido en un argumento de venta para las empresas, o en una herramienta para mejorar la imagen institucional, es algo que no debiera hacerle rasgar las vestiduras a nadie. Yendo un poco más profundo en este sentido, podría decirse que la estrategia de colocar a las empresas en el compromiso de realizar alguna política de RSE para mejorar su desarrollo, es bastante lógica e inteligente. El inconveniente, tal vez, estaría por el lado de la universalización del concepto de responsabilidad social. A este problema se le adosa el del papel del estado en todo esto. Aquellos que no adhieren a la idea de que el RSE pueda llegar a ser una posible solución para determinados problemas, lo hacen justamente aduciendo que estas cuestiones entran dentro de la orbita estatal y que son incumbencia sólo de los gobiernos nacionales o provinciales (incluyendo también los municipales). Este tipo de afirmaciones lo único que hacen es cargar de responsabilidades al estado y desligar todo tipo de participación de la sociedad civil. En el otro extremo, argüir que el estado es ineficiente para algunas cuestiones debido a problemas de corrupción o ineficiencia burocrática, otorgándole mas valor así a las iniciativas de la sociedad civil (en este caso políticas de RSE), es también cuanto menos, una idea poco feliz. Aquí se correría el riesgo de concederle al estado una posición demasiado pasiva, muy cercana a la que adoptó en los “queridos” noventa. Desde ya que esta idea, no estaría mas que revalidando, por otras vías, viejos postulados neoliberales.

Ahora bien. Si partimos de suponer que el estado cuenta con un nuevo aliado, y que las políticas de RSE que adopten las compañías pueden llegar a ser un importante paliativo para algunas cuestiones socales, qué ocurre con aquellos lugares en donde estas políticas empresariales no llegan. Estaríamos frente a cuestiones en donde el estado no podría mirar para otro lado. En la Argentina, el nivel de empleo formal es muy bajo. En este sentido, las empresas sólo pueden solucionar aquellos problemas de desocupación que estén relacionados con personas que se encuentren dentro del mercado laboral. Todo esto, admitiendo que las políticas de RSE contengan programas que posibiliten el aumento del empleo. Esta suposición, podría ser discutida, ya que ante la crisis internacional numerosas empresas que patrocinan ONGs tendientes a regular o colaborar con políticas de RSE, han despedido gran cantidad de personal. Pero para no entrar en una polémica que sería interesante desatar en otra oportunidad, conjeturemos por un momento que esto no es así, que estas empresas mantienen en sus nóminas la cantidad de empleados que tenían antes de la crisis. Siendo así, la pregunta sería: ¿las políticas de RSE podrían terminar con el problema del desempleo, o más aún, la pobreza? Claro está, que esta respuesta estaría muy lejana de ser positiva, ya que como se ha dicho, las empresas sólo demandan personal que reúnan ciertas características que se encuentran dentro del mercado laboral. Esto deja de lado a todas aquellas personas que no tengan formas de argumentar algún pasado laboral (experiencia), o si lo argumentan, corresponde a tipos de empleo, que tal vez, ya no se requieran. Puede ser también que no puedan llenar en las planillas de solicitudes de empleo, una dirección o un teléfono (es el caso de aquellos que habitan las denominadas villas miserias). Estos son los lugares en donde la acción del estado se hace indelegable.

En la obra Gestión de la Complejidad[1], el Doctor Etkin realiza una interesante apreciación del papel que el estado debe desempeñar. Allí el autor describe la idea de calidad sustancial, en donde la función pública debiera desempeñarse conforme a los valores y a la ética. Es una superación a la idea de eficiencia, ya que introduce la dignidad del ser humano que está siendo asistido por el estado. Esta idea apunta directamente el flagelo del clientelismo político. De alguna manera, el autor nos está hablando de superar esta práctica que sólo degrada al individuo. La argumentación de Etkin es brillante, e intenta colocar en primer plano el ser humano. El problema es que la idea se desvanece cuando el autor intenta aclarar el concepto de lo ético. Aquí, Etkin confunde la dialéctica, con el maniqueísmo que otorga llamar a determinadas actitudes “lo bueno”, y a otras “lo malo”. En este sentido, se pretende que la ética sea un concepto compartido por todos. Así, y sin caer en el nihilismo que conduce el relativismo cultural, se advierte que la ética es un término que provoca (y ha provocado en el ámbito de la filosofía) numerosas polémicas. Desde ya que existen determinadas actitudes que de ninguna manera podría considerarse como ética; y que por otro lado, existen otras que constituyen a las claras acciones responsables y éticas. Pero entre las unas y las otras, existe un número enorme de acciones que habría que polemizar un poco, antes de colocarlas de un lado o del otro.

La discusión desatada con respecto a la asignación universal por hijo, entraría dentro de este rango de acciones. En la edición del domingo 18 de octubre del diario “Pagina 12”, se editó una nota firmada por economista Emmanuel Agis (Miembro de Aeda, Profope y Sid)[2]. El título era: “Cómo combatir la pobreza”. En la nota el autor aduce que la asignación universal está en un peldaño por debajo de la creación de empleo por parte del estado. En este caso se habla de perversidad del sistema de asignación universal, una variante interesante al concepto de ética (o la ausencia de ética). El autor introduce conceptos económicos totalmente aceptables y más que confirmados. Uno de ellos es la idea de que la pobreza corresponde a un problema estructural, y que el empleo generado por el estado proporcionaría el arribo de numerosas personal a la economía formal. Además, esto crearía un nuevo punto de equilibrio en el mercado laboral, en donde los nuevos empleos tenderían a colocar el salario por encima del actual. Como hipótesis es categórica. Pero si a esta idea la relacionamos con el concepto de la ética desarrollado por el doctor Etkin, la cuestión se complicaría un poco.

Si la economía no estuviera lo suficientemente desarrollada (tal es el caso de la Argentina), algunos puestos generados por el estado serían elaborados bajo condiciones de dudosa necesidad. Esto sería como la frase inaugurada por los “anti-Keinesianos”, y que en un tono de sorna, dice: “Se contrata gente para hacer pozos de día, y se contrata a otros tantos para que de noche los tapen”. Es decir, se solucionaría algunos aspectos económicos, pero quedaría el problema de la ética (o la perversidad, como lo llama Agis). Por otro lado, aún dejando de lado los conflictos éticos, la tarea de generar puesto de trabajo, no es algo que se pueda hacer de la noche a la mañana.

Si el RSE no es algo que esté diseñado estrictamente para combatir la pobreza, si la asignación universal sería perversa y poco ética; y por último, la creación de empleo conlleva el inconveniente del ajuste de los proceso a la variable tiempo, el panorama es bastante desalentador. Resulta que toda esta combinación, es una mezcla bastante peligrosa en donde las personas que necesitan del empleo, asignación, o lo que sea que calme su penosa situación; esperan sin la oportunidad de especular demasiado sobre si lo que están recibiendo los dignifica o los degrada. Estas contrariedades suceden cuando se teoriza sin tener en cuenta las circunstancias particulares, o la problemática focal. Desde una perspectiva teórica, despojada de las vicisitudes o inconvenientes prácticos, los axiomas postulados por ambos autores son más que convincentes. Pero si a estos se le agrega una premura por parte de quienes podrían llegar a ser los beneficiarios de estos supuestos planes “perversos”, la cosa cambia radicalmente.

La idea de este artículo no es poner en tela de juicio la buena voluntad de los autores, o de todos aquellos que abogan por la dignidad del ser humano. Más aún, ¿alguien pude estar en desacuerdo con estos postulados de ética universal? Este artículo, tampoco pretende advertir sobre la peligrosidad del RSE, ya que estas políticas resultan de gran utilidad en una variada cantidad de cuestiones sociales. Tampoco, de ningún modo, se intenta expresar que la creación de fuentes de trabajo constituya una perdida de tiempo. Lo pregunta que subyace en estos fundamentos es: ¿Qué se hace en el mientras tanto? Además, poseer una actitud demasiado articulada en el plano de lo ético, puede ocasionar una traba importante a la hora de beneficiar a quienes lo necesitan. Por otro lado, qué tipo de ética es la que no permite que algunas personas puedan acceder a determinados bienes -en este caso a una asignación, pero podría ser también a una vivienda o cualquier otro tipo de cosas-. Cabe aclarar que la nota de Agis no hace tanto hincapié en lo moral, pero si deja de lado la cuestión tiempo, que es lo que precisamente no sobra en estos casos.


[1] Etkin, Jorge (2005), Gestión de la complejidad, “La dimensión ética de la empresa”, Ediciones Granica, Buenos Aires.

[2]Agis, E (2009), “Cómo combatir la pobreza”, Pagina 12, Buenos Aires, Suplemento Cash.

Invitación Especial

Invitación Especial Causa Profesional

El próximo Martes 10 y Miércoles 11 de Noviembre lo invitamos a participar en el 1er. Coloquio de Economía Solidaria.

El mismo esta organizado por la Maestría y la Especialización en Economía Solidaria y Desarrollo Asociativo del Instituto de Altos Estudios Sociales (IDAES) la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) y contará con la participación de investigadores, protagonistas y responsables de programas e iniciativas del ámbito público en la temática.

Puede solicitar el programa a causaprofesional@gmail.com

Esperamos contar con su presencia. Atentos Saludos,

Dr. Alejandro Rofman (Director)

Lic. Juan Manuel Vázquez Blanco (Coordinador Académico)

Maestría en Economía Solidaria y Desarrollo Asociativo IDAES/UNSAM

Modificaciones a la Regulación de los Administradores de Consorcios

Modificaciones a la Regulación de los Administradores de Consorcios

Avanza en La Legislatura de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires el proyecto para modificar la regulación de los administradores de consorcios, con el fin de poner límites a sus facultades, existiría consenso para reducir su mandato a un año, pudiendo ser renovado sólo en caso de que el consorcio lo apruebe.

Según una de las principales modificaciones que se encuentra debatiendo la Comisión de Legislación General de la Legislatura porteña, se limitaría el mandato de los Administradores de Consorcio a un año, siendo renovable por mayoría simple de votos.
Hoy en día la actividad de los Administradores de Consorcios se encuentra regida por la ley 13.512 de Propiedad Horizontal, la cual establece como necesario para revocar los mandatos de los administradores, que se junten dos tercios de los votos de la asamblea de consorcio, lo cual se hace muy difícil de conseguir.
Por otro lado, los administradores deberán ser inscriptos en el Registro Público de Administradores creado por la ley 941, teniendo que presentar una declaración jurada de sus bienes, y deberán tener un seguro para responder con su patrimonio ante un perjuicio económico.

La nueva ley también establecería, con relación a las sanciones, que los consorcistas tengan la posibilidad de presentar sus denuncias ante el Registro de Administradores, pudiendo disponerse desde suspensiones hasta la expulsión del Registro para evitar que todos los reclamos de los vecinos vayan obligatoriamente a la Justicia.
Los fondos del consorcio estarían depositados en una cuenta a nombre del mismo, aunque ello no sería obligatorio, debido a que tener una cuenta genera gastos bancarios que los consorcios preferirían evitar.

Si bien los dos proyectos sobre los administradores de consorcios que se encuentran con más chances de aprobación poseen muchas similitudes, uno de la mayoría presentado por el PRO y el PJ, y otro de la minoría de la Coalición Cívica y otros opositores, existen diferencias en cuanto a la negociación de los salarios.

El proyecto de la oposición prohíbe a los administradores de consorcios fijar los salarios de los encargados, mientras que el de la mayoría nada dice al respecto. Los consorcistas frecuentemente se quejan de que quedan fuera de tales discusiones que afectan directamente el precio de las expensas.